Saltar al contenido

Imagen: Cambio Colombia

12 SEPT 2026

EDUCACIÓN / TRANSPORTE FLUVIAL - Puerto Nare, Antioquia, Colombia

La escuela queda del otro lado del río

Un juzgado amparó a estudiantes que cruzan el río Nare en lancha para asistir a clases ante el riesgo por hipopótamos. Ordenó medidas inmediatas para el trayecto y un plan de manejo de los animales.

LO QUE OCURRIÓ

La Sentencia 242 del Juzgado Civil del Circuito de Puerto Berrío, emitida el 8 de septiembre y difundida por medios desde el 10, amparó a estudiantes de la zona rural de Puerto Nare, Antioquia. Dos tutelas, presentadas por Norman Ferney Vélez Daza y Juber Martínez Giraldo, describieron el riesgo que supone la presencia de hipopótamos en el río Nare para la ruta escolar en lancha. Las acciones invocaron a 23 niñas, niños y adolescentes; Corantioquia contó 17 estudiantes en una visita al corredor, una medición distinta que no equivale a un censo total. El juzgado ordenó señalización y un sistema local de alertas en 48 horas, revisar la seguridad del transporte y garantizar clases presenciales. Dio a Corantioquia un mes para evaluar a los animales y elegir una medida de manejo, más otro para ejecutarla. No ordenó capturas ni sacrificios.

DESDE LA INTEMPERIE

En Puerto Nare, el río no es paisaje de fondo: es el camino cotidiano a la escuela. Por eso el problema de una especie invasora no se agota en decidir qué hacer con los animales. También exige coordinar lanchas, horarios, avisos y la continuidad de las clases de quienes dependen de esa única vía. La alternativa de pasar a educación virtual, considerada por el municipio según la crónica judicial, trasladaba el riesgo a otro mapa de infraestructura: hogares rurales sin conectividad o energía estable. El fallo obliga a tratar juntos el cuidado de la vida, el derecho a aprender y el manejo ambiental, pero deja a la autoridad especializada la decisión técnica sobre los hipopótamos. Ninguna medida ordenada equivale todavía a su ejecución. Lo que aparece es una comunidad cuya movilidad diaria obliga al Estado a hacer operativa, y no sólo declarativa, su protección.

POR QUÉ NOS IMPORTA

La tutela convierte el manejo de fauna invasora en una cuestión de acceso material a la educación rural. Hace visible que un corredor fluvial puede ser infraestructura escolar y que una solución administrativa sólo sirve si permite cruzarlo con seguridad.

FUENTES DE CONTRASTE

Hechos comprobados: Los medios que examinaron la sentencia coinciden en el amparo, los plazos y la obligación de mantener el acceso presencial a la escuela.

Pendiente / en discusión / denuncia: Corantioquia debe definir y ejecutar el manejo; las medidas urgentes ordenadas no constan aún como cumplidas. El texto íntegro de la Sentencia 242 no estuvo disponible en una fuente judicial pública durante esta verificación.

Interpretación de La Intemperie: La seguridad del río y la continuidad escolar forman parte de una misma infraestructura pública.

Título original: Ordenan proteger a 23 niños que cruzan un río con presencia de hipopótamos para ir a estudiar
Fuente: Cambio – Publicado el 11-09-2026