
Imagen: TERRAM
11 SEPT 2026
SALMONICULTURA / HUMEDALES - Contao, Los Lagos, Chile
El humedal vuelve al expediente
El Tercer Tribunal Ambiental anuló el archivo de 23 denuncias sobre un centro salmonero próximo al humedal Contao. La SMA deberá revisar los antecedentes y resolver de manera fundada si corresponden medidas urgentes, sin que el fallo dé por probado un daño.
LO QUE OCURRIÓ
El Tercer Tribunal Ambiental de Chile acogió parcialmente una reclamación de Eco Voluntarios de Hualaihué y vecinos, anuló una resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente y devolvió el expediente a su División de Sanción y Cumplimiento. La SMA había archivado 23 denuncias contra el centro de cultivo de salmones Contao, de Trusal, autorizado en 2009 para producir hasta 3.584 toneladas en 3,47 hectáreas y operado por primera vez en 2023. Los denunciantes alegaron impactos sobre el humedal situado cerca de las jaulas. El tribunal concluyó que los métodos usados no permitían descartar razonablemente efectos no previstos y que el archivo carecía de motivación suficiente. Ordenó a la SMA pronunciarse expresamente sobre la solicitud de medidas urgentes. No declaró probado un daño, ni ordenó suspender el centro o abrir un procedimiento sancionatorio, debido a inconsistencias técnicas en los antecedentes.
DESDE LA INTEMPERIE
Entre el permiso de 2009 y el primer ciclo productivo de 2023 cambió algo más que el calendario: el humedal adquirió presencia jurídica y científica dentro de un expediente que no lo había evaluado de manera suficiente. El fallo sostiene una diferencia decisiva. Operar dentro del volumen autorizado y obtener un informe favorable bajo las jaulas no alcanza para negar efectos en otro ecosistema conectado. Tampoco alcanza la denuncia para afirmar que el daño existe. Esa doble cautela devuelve la política ambiental a su tarea menos visible: producir información capaz de seguir el agua, la materia orgánica y la salinidad fuera del perímetro administrativo del cultivo. En Contao, el límite de una concesión acuícola no coincide necesariamente con el territorio donde pueden sentirse sus efectos. La justicia no cerró la salmonera; obligó al Estado a volver a mirar y a explicar por qué actúa o por qué no.
POR QUÉ NOS IMPORTA
El caso muestra que cumplir una autorización antigua no descarta por sí solo impactos que aquella evaluación no pudo prever. La novedad no es una condena ambiental, sino la reapertura fundada de una pregunta que la administración había archivado.
FUENTES DE CONTRASTE
- Tercer Tribunal Ambiental — Sentencia Rol R-36-2025
- Tercer Tribunal Ambiental — índice oficial de sentencias
- Salmonexpert — SMA descarta afectación a humedal por parte de centro de Salmones Austral
Hechos comprobados: el tribunal anuló el archivo y ordenó retrotraer el procedimiento para que la SMA analice los posibles impactos y resuelva fundadamente la petición cautelar.
Pendiente: la existencia y magnitud de efectos no previstos, una eventual medida urgente y un posible procedimiento sancionatorio siguen sin resolverse.
Interpretación de La Intemperie: el expediente revela la distancia entre el perímetro de una autorización y el territorio material donde circulan sus consecuencias.
Título original:
Sentencia R-36-2025
Fuente:
Tercer Tribunal Ambiental de Chile
– Publicado el 09-09-2026