
Imagen: Ministerio Público Fiscal de Salta
27 OCT 2026
PETRÓLEO / AMBIENTE - Puesto Guardián, Salta
La lluvia sobre un pozo que sigue emanando
La Justicia de Orán intimó a YPF y a President Petroleum a presentar en diez días hábiles un plan de cierre definitivo del pozo Loma de Olmedo X-10, que sigue emanando gases y tiene sustancias en superficie.
Lo que ocurrió
Ordenan el cierre de un pozo que sigue emanando gas
La Justicia de San Ramón de la Nueva Orán dispuso una medida cautelar ambiental urgente, preventiva y provisoria por la contaminación del pozo petrolero Loma de Olmedo X-10, en Puesto Guardián, Salta. La resolución fue notificada el 23 de octubre de 2026 y tomó como base las pericias del Cuerpo de Investigaciones Fiscales, a pedido de la fiscal penal de Pichanal, María Sofía Fuentes, integrante de la Unidad Fiscal creada por la Procuración General de Salta.
La intimación alcanza a YPF S.A. y a President Petroleum S.A., que deberán presentar en diez días hábiles un Plan Técnico de Cierre y Abandono que contemple el cierre seguro y definitivo del pozo y el fin de las emanaciones de gases. Otras cuatro empresas vinculadas a la cadena de concesión quedaron pendientes de notificación. El mismo plazo rige para un Plan de Contingencia y Contención destinado a impedir que la sustancia depositada en la superficie se propague, elaborado de manera solidaria con las secretarías de Ambiente y de Minería y Energía de la provincia.
El riesgo que motivó la medida es concreto: los informes advierten que la temporada de mayores precipitaciones asociada al fenómeno de El Niño podría arrastrar superficialmente las sustancias hacia terrenos colindantes destinados a agricultura y ganadería. La resolución ordena delimitar y aislar el área, instalar barreras de contención, identificar posibles cursos de escorrentía, monitorear los campos cercanos y fijar protocolos de actuación ante lluvias.
En sus fundamentos, el juez Ramiro Morizzio consideró que las empresas que integraron la cadena de concesión podrían tener responsabilidad objetiva y solidaria por los costos técnicos del cierre y la recomposición del suelo, y sostuvo que las autorizaciones administrativas no eximen de las obligaciones ambientales. La medida se apoya en la Ley General del Ambiente 25.675 y en el Acuerdo de Escazú. También advirtió que el incumplimiento puede encuadrar en el delito de desobediencia judicial.
Desde La Intemperie
La lluvia que viene sobre un pozo que ya contamina
Hay una secuencia en esta causa que vale la pena mirar. Primero hubo emanaciones de gases y una sustancia en el suelo. Después llegaron las pericias. Después la cautelar. Y lo que la precipitó no fue el daño ya ocurrido sino uno que todavía no ocurrió: la lluvia que va a venir y que puede llevar esa sustancia a los campos vecinos. La Justicia actuó sobre un riesgo futuro para detener un daño presente.
El otro punto es la cadena de responsabilidades. La resolución no apunta a una empresa sino a todas las que sucesivamente se hicieron cargo del pozo, y fija una idea incómoda para cualquier operador: el permiso firmado en su momento no borra la obligación ambiental que sobrevive al permiso. En una cuenca con décadas de pozos abandonados, eso es la diferencia entre cerrar un pasivo y heredarlo.
POR QUÉ NOS IMPORTA
Porque el litigio ambiental rara vez llega antes del daño, y acá llegó. La Intemperie sigue el agua como infraestructura, y esto es su versión más literal: un pozo mal cerrado en el norte de Salta es una amenaza para el suelo, para el agua y para quienes viven de ambos. Que la orden exista no significa que se cumpla; el expediente dirá si el plan de cierre se presenta en diez días hábiles o si, como suele pasar, vence el plazo y no ocurre nada.
FUENTES DE CONTRASTE
Ministerio Público Fiscal de Salta, 26 de octubre de 2026: resolución, intimaciones, empresas alcanzadas y fundamentos judiciales.
Título original:
A pedido de la Unidad Fiscal de Orán, ordenan medidas urgentes por la contaminación de un pozo petrolero
Fuente:
Ministerio Público Fiscal de Salta
– Publicado el 26-10-2026