
Imagen: LM Cipolletti
31 OCT 2026
AGUA / JUSTICIA - Balsa Las Perlas, Río Negro
Un barrio sin agua potable en Río Negro
La Justicia de Cipolletti requirió informes al municipio, la Provincia, el DPA y Aguas Rionegrinas por el suministro en Balsa Las Perlas, donde los vecinos usan agua sin tratamiento con coliformes, sodio y sulfatos.
Lo que ocurrió
La Justicia reclamó informes por el agua de Las Perlas
El juez Diego Ariel de Vergilio, del Juzgado Civil N°1 de Cipolletti, resolvió hacerse cargo de forma preliminar de la investigación sobre la situación del agua potable en el barrio Balsa Las Perlas. Con fecha del jueves 22 de octubre, requirió a la Municipalidad de Cipolletti, a la Provincia de Río Negro, al Departamento Provincial de Aguas y a Aguas Rionegrinas S.A. que en un plazo de cinco días presenten el informe previsto en el artículo 43 de la Constitución Provincial y el artículo 17 del Código Procesal Constitucional.
Los vecinos, a través de la Asamblea por Las Perlas, habían presentado una acción de amparo colectivo por no disponer de agua potable y tener que utilizar agua sin tratamiento, contaminada en algún sector con bacterias coliformes, sodio, sulfatos y otros minerales. Acompañaron reclamos administrativos y estudios de laboratorio, y solicitaron una solución integral de infraestructura. Denuncian deficiencias de cantidad, continuidad y calidad del suministro.
El expediente había tenido un recorrido previo adverso: el juez había decidido no intervenir y derivó el caso por mandamiento de ejecución al Superior Tribunal de Justicia en Viedma. Ahora retomó la causa a partir del derecho de los amparistas a elegir el tribunal y en cumplimiento de lo dispuesto por el STJ, y dispuso el control preliminar de los requisitos del artículo 14 del Código Procesal Constitucional.
En su resolución, De Vergilio sostuvo que los antecedentes incorporados no permiten por sí solos tener por acreditada la procedencia de la vía, pero tampoco ofrecen elementos suficientes para afirmar la ausencia ostensible de alguno de los requisitos. Y precisó qué falta esclarecer: la situación actual del suministro, las respuestas dadas a los reclamos y las medidas adoptadas por los organismos requeridos. También dio intervención al Fiscal de Estado y al Área de Legal y Técnica de la Gobernación.
Desde La Intemperie
Coliformes, sodio y sulfatos en el agua de un barrio
Hay un detalle del expediente que explica la dimensión del problema: los vecinos no reclaman por la calidad del agua que reciben, reclaman porque el agua que usan no tiene tratamiento. La diferencia entre un servicio deficiente y la ausencia de servicio es la diferencia entre una queja administrativa y un amparo colectivo.
El otro punto es procesal, y define el resultado posible. El juez no resolvió sobre el fondo: pidió informes antes de decidir si la vía es admisible. Eso significa que la causa puede todavía cerrarse sin que nadie evalúe el agua. La cautelar no está dictada; lo que existe es un plazo de cinco días para que cuatro organismos expliquen qué hicieron.
POR QUÉ NOS IMPORTA
Porque es el mismo patrón que La Intemperie viene documentando en French, en Guaminí y en el Salí: el agua se degrada, los vecinos miden con sus propios medios y el Estado responde con un pedido de informes. La diferencia acá es que el barrio está en Río Negro, donde el problema no es el arsénico de la llanura sino un servicio que nunca llegó a ser potable.
FUENTES DE CONTRASTE
LM Cipolletti, 27 de octubre de 2026: resolución del Juzgado Civil N°1, organismos requeridos y antecedentes del amparo colectivo.
Título original:
La Justicia local tomó el caso del agua potable de Las Perlas y solicitó informes oficiales
Fuente:
LM Cipolletti
– Publicado el 27-10-2026