
Imagen: diariojornada.com.ar
05 SEPT 2026
RESIDUOS / INFRAESTRUCTURA - Esquel y Trevelin
La basura no espera la sentencia
Esquel y Trevelin dependen de una infraestructura común para la disposición final de residuos mientras discuten costos, obligaciones y continuidad del servicio.
LO QUE OCURRIÓ
El Superior Tribunal de Justicia de Chubut declaró admisible la acción con la que Trevelin cuestiona la constitucionalidad de la Ordenanza 126/2026 de Esquel y dio treinta días a ese municipio para responder. Aunque rechazó la cautelar en los términos pedidos por Trevelin, dispuso una transición: durante seis meses Esquel deberá aceptar sus residuos sólidos urbanos en el módulo 2 de la planta regional. Trevelin tendrá que pagar un canon proporcional al volumen ingresado, compensar proporcionalmente la inversión del módulo y garantizar la separación y el tratamiento previo exigidos. La ordenanza había derogado la norma que ratificó el acuerdo interjurisdiccional de 2008 y se anunciaba el cese del servicio para el 7 de septiembre. La resolución preserva por ahora la disposición final; no decide todavía la validez constitucional de la ordenanza.
DESDE LA INTEMPERIE
La basura cruza un límite municipal aunque cada intendencia dibuje sus propias cuentas. Durante años, Esquel y Trevelin compartieron una infraestructura que sólo se vuelve visible cuando amenaza con dejar de estar disponible: el módulo donde termina lo que ambas ciudades retiran de sus calles.
El tribunal no cerró la discusión política ni resolvió definitivamente quién tiene razón. Evitó que el conflicto administrativo se transformara, en cuestión de días, en residuos sin destino. Al mismo tiempo puso precio y condiciones a la continuidad: volumen, inversión, separación y tratamiento previo.
El episodio muestra que un servicio regional también distribuye obligaciones. La planta está físicamente en Esquel, pero el riesgo sanitario y ambiental de interrumpirla no reconoce esa frontera. La transición judicial compra seis meses. Lo pendiente es construir un acuerdo capaz de durar más que la urgencia.
POR QUÉ NOS IMPORTA
Esta Señal vuelve visible la dependencia territorial escondida en un servicio cotidiano: cada municipio recolecta, pero la disposición final puede ser necesariamente común. No trata sólo de una deuda o un litigio; muestra qué ocurre cuando una infraestructura compartida queda atrapada entre jurisdicciones.
FUENTES DE CONTRASTE
- Fuente principal: Metadata — resolución y condiciones de la transición
- Contraste regional: Canal 4 Esquel — alcance procesal y resolución pendiente de fondo
- Contraste regional: Diario Crónica — esquema transitorio y obligaciones ambientales
- Fuente documental: Concejo Deliberante de Esquel — registro de la Ordenanza 126/2026
Hechos comprobados: el tribunal admitió la acción, rechazó la cautelar solicitada y estableció seis meses de continuidad con canon, compensación y condiciones de tratamiento.
Pendiente / en discusión: la constitucionalidad de la Ordenanza 126/2026 no fue resuelta en el fondo y el acuerdo estable entre ambos municipios continúa pendiente.
Interpretación de La Intemperie: una frontera administrativa no elimina la dependencia material entre dos ciudades que comparten el destino de sus residuos.
Título original:
Fallo ambiental: La Corte rechazó el pedido de Trevelin y tendrá que pagar un canon a Esquel por la disposición final de residuos y una compensación
Fuente:
Metadata
– Publicado el 04-09-2026