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Imagen: Post Energético

27 SEPT 2026

ENERGÍA / CENTROS DE DATOS - Argentina

La inteligencia artificial entra al balance eléctrico

La Secretaría de Energía puso en vigencia un régimen para los nuevos centros de datos y otros grandes consumos eléctricos. Los proyectos alcanzados deberán contratar generación nueva para al menos el 80 % de su demanda y acreditar respaldo de potencia, que en el procesamiento de datos será del 115 %.

LO QUE OCURRIÓ

La Secretaría de Energía estableció mediante la Resolución 264/2026 el Régimen de Demandas Extratendenciales para el Mercado Eléctrico Mayorista. Alcanza a nuevas demandas o ampliaciones equivalentes al menos al 0,5 % de la demanda media del sistema, hoy unos 80 megavatios, e incluye centros de datos, entrenamiento o inferencia de inteligencia artificial, minería, plantas de gas natural licuado e hidrógeno. Cada proyecto deberá cubrir al menos el 80 % de su consumo mensual mediante contratos de generación nueva y contar con potencia firme equivalente al 100 % de su demanda máxima. Para centros de datos, el respaldo exigido sube al 115 % por su consumo continuo y sensibilidad operativa. Las solicitudes que ya estaban en trámite tienen sesenta días para adecuarse. La norma entró en vigencia el 25 de septiembre; no define qué proyectos se instalarán ni qué tecnologías usarán para abastecerse.

DESDE LA INTEMPERIE

La inteligencia artificial suele presentarse como una capacidad sin territorio, pero la nueva regla la inscribe en el lenguaje físico de la red: megavatios, reserva, conexión y potencia firme. Un centro de datos ya no aparece sólo como inversión tecnológica; es una demanda concentrada capaz de alterar el margen que sostiene hogares, comercios e industrias. El régimen busca que ese consumo llegue acompañado por nueva oferta y que una parte limitada quede expuesta al mercado inmediato. La exigencia adicional del 15 % para datos reconoce, además, que la continuidad computacional reclama una seguridad eléctrica distinta. Queda abierta una cuestión decisiva: la norma ordena quién debe aportar energía y respaldo, pero no determina por sí sola la tecnología, el agua utilizada, la localización ni los impactos territoriales de cada proyecto. Hacer visible la carga es un primer límite material; evaluar de qué generación y de qué territorio provendrá será el siguiente.

POR QUÉ NOS IMPORTA

La resolución vuelve contable una infraestructura que suele describirse como inmaterial y separa su expansión de la reserva eléctrica ya disponible. También deja visible el tramo que la regla energética no resuelve: origen, ubicación e impacto de la nueva generación exigida.

FUENTES DE CONTRASTE

Hechos comprobados: la Resolución 264/2026 entró en vigencia el 25 de septiembre; fija el umbral del 0,5 %, una cobertura mínima del 80 % con generación nueva y respaldo del 100 % para producción y del 115 % para datos.

Pendiente / en discusión: la norma no confirma la instalación de un proyecto específico ni establece por sí sola la fuente energética, la localización, el uso de agua o el impacto ambiental de cada emprendimiento.

Interpretación de La Intemperie: al exigir respaldo propio, el Estado reconoce que el procesamiento de datos compite materialmente por capacidad eléctrica y no puede tratarse como una actividad sin infraestructura.

Título original: El Gobierno Nacional dispuso que los proyectos con grandes consumos eléctricos deberán aportar su propia energía
Fuente: Secretaría de Energía del Ministerio de Economía – Publicado el 25-09-2026