
Imagen: Compañía Azucarera Los Balcanes. Foto Redes. Agencia NA.
28 SEPT 2026
CONTAMINACIÓN INDUSTRIAL / JUSTICIA PENAL - Tucumán y Santiago del Estero, Argentina
La vinaza vuelve a medirse en la pena
La Corte Suprema desestimó los recursos de los directivos condenados por contaminación desde el Ingenio La Florida y dejó vigente la orden de Casación de fijar nuevas penas. El máximo tribunal no revisó la responsabilidad penal ni determinó aún el monto de esas sanciones.
LO QUE OCURRIÓ
La Corte Suprema de Justicia desestimó los recursos extraordinarios de Jorge Alberto Rocchia Ferro, presidente de la Compañía Azucarera Los Balcanes, y José Ramón Coronel, gerente de la firma. Así quedó vigente el fallo de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal que ordenó al Tribunal Oral Federal de Santiago del Estero definir nuevas penas. En 2023, ambos habían recibido tres años de prisión condicional: Rocchia Ferro por tres hechos de contaminación y Coronel por dos. La causa abarca descargas industriales del Ingenio La Florida en 2011, un derrame de más de 80 millones de litros de vinaza en el Canal del Este en 2012 y otro episodio en 2013 que alcanzó el Canal Interprovincial del Este, en Santiago del Estero. La Corte no fijó una condena nueva ni reexaminó la responsabilidad; rechazó las impugnaciones y dejó en pie el reenvío.
DESDE LA INTEMPERIE
La escala del daño fue medida en litros, cursos de agua afectados y riesgos para el ambiente y la salud. La pena, en cambio, igualó tres hechos con dos y trató del mismo modo responsabilidades distintas dentro de la empresa. Casación señaló esa desproporción y la Corte dejó que el planteo regrese al tribunal oral. No hay una sanción más alta todavía: hay una obligación de volver a graduarla. Esa precisión importa porque la justicia ambiental también puede diluir el daño cuando traduce un volumen industrial inmenso a una respuesta penal uniforme y condicional. El recorrido de la vinaza cruzó límites provinciales; el recorrido del expediente atravesó más de una década. La nueva instancia tendrá que decidir si la pena expresa realmente la reiteración, la jerarquía de quienes dirigían el ingenio y el riesgo probado para agua, suelo y salud, sin convertir la demora judicial en una forma adicional de reducción.
POR QUÉ NOS IMPORTA
La respuesta penal frente a un daño ambiental reiterado también comunica cuánto pesan el volumen, la repetición y la responsabilidad empresarial. Distinguir lo que la Corte efectivamente resolvió evita presentar como condena definitiva una pena que todavía debe ser fijada por el tribunal oral.
FUENTES DE CONTRASTE
- https://noticiasargentinas.com/sociedad/derrame-de-vinaza--la-corte-habilito-una-nueva-pena-para-directivos-de-los-balcanes_a6ab6f24b66108e5d34ba0799
- https://www.fiscales.gob.ar/fiscalias/casacion-ordeno-al-tribunal-oral-federal-de-santiago-del-estero-que-defina-una-nueva-pena-para-un-empresario-azucarero-condenado-por-contaminacion-ambiental/
- https://www.fiscales.gob.ar/fiscalias/santiago-del-estero-condenaron-a-tres-anos-de-prision-por-contaminacion-ambiental-a-dos-responsables-de-un-ingenio-azucarero-y-ordenaron-medidas-de-reparacion/
Hechos comprobados: La Corte Suprema desestimó los recursos extraordinarios de los dos condenados y dejó vigente el fallo de Casación que ordenó redefinir las penas. En 2023, el tribunal oral había impuesto tres años de prisión condicional a cada directivo por cantidades diferentes de hechos de contaminación.
Pendiente / en discusión: El Tribunal Oral Federal de Santiago del Estero todavía debe fijar las nuevas penas. La Corte no revisó el fondo de la responsabilidad penal ni estableció por sí misma una sanción mayor.
Interpretación de La Intemperie: La revisión obliga a que la pena vuelva a medir diferencias que la sentencia anterior había aplanado: reiteración, función empresarial y alcance ambiental del daño.
Título original:
Derrame de vinaza: la Corte habilitó una nueva pena para directivos de Los Balcanes
Fuente:
Agencia Noticias Argentinas
– Publicado el 25-09-2026