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Imagen: Yerko Roa Núñez

28 SEPT 2026

JUSTICIA AMBIENTAL / MINERÍA - Alto del Carmen, Atacama, Chile

La decisión que apareció antes del expediente

El sitio del Primer Tribunal Ambiental publicó el rechazo de una cautelar sobre Prospección Minera El Alto cuando el expediente no mostraba resolución y retiró la nota horas después. Al día siguiente, sus tres ministros titulares se inhabilitaron por haber emitido opinión sobre la cuestión pendiente.

LO QUE OCURRIÓ

En la tarde del 23 de septiembre, el sitio del Primer Tribunal Ambiental de Chile publicó una nota que anunciaba el rechazo de medidas cautelares pedidas en la causa R-174-2026 contra la aprobación de Prospección Minera El Alto. Según BioBioChile, el expediente no contenía una resolución equivalente y la publicación fue retirada horas después. El 24 de septiembre, el relator certificó la inhabilidad de los tres ministros titulares: Alamiro Alfaro Zepeda, Sandra Álvarez Torres y Marcelo Hernández Rojas. Los tres invocaron haber manifestado opinión sobre la cuestión pendiente vinculada con la cautelar. El proyecto de Compañía Minera Nevada, filial de Barrick Gold, prevé 43 plataformas de sondaje en la alta cordillera de Alto del Carmen. Las reclamaciones de comunidades y organizaciones continúan en trámite; el episodio no equivale a un rechazo judicial definitivo ni resuelve la legalidad ambiental del proyecto.

DESDE LA INTEMPERIE

Un tribunal no sólo decide: administra el tiempo en que una decisión puede existir. Cuando la comunicación institucional llega antes que la resolución, el expediente deja de ordenar la secuencia y la noticia pasa a anticipar aquello que las partes todavía no pueden leer ni impugnar. La inhabilitación conjunta reconoce que ese desorden toca la imparcialidad, no apenas un error de prensa. En Alto del Carmen, además, la escena ocurre sobre un territorio donde cada plataforma minera se discute junto con agua, criósfera, consulta indígena y el cierre de Pascua Lama. Por eso la forma procesal es material. Define quién puede pedir una cautelar, con qué información y ante jueces que no hayan adelantado opinión. La cuestión minera sigue abierta; lo nuevo es que el propio tribunal quedó obligado a apartarse para que el conflicto vuelva a ser juzgado y no anunciado.

POR QUÉ NOS IMPORTA

La justicia ambiental pierde capacidad de protección cuando una comunicación pública precede al acto judicial que debería sostenerla. En un conflicto territorial de larga duración, la imparcialidad también depende de respetar la secuencia del expediente y el derecho de las partes a conocer e impugnar una decisión real.

FUENTES DE CONTRASTE

  • https://www.biobiochile.cl/especial/bbcl-investiga/noticias/articulos/2026/09/27/desastre-en-tribunal-ambiental-ministros-se-inhabilitan-tras-filtrarse-decision-sobre-pascua-lama-2-0.shtml
  • https://1ta.cl/comunidad-indigena-diaguita-presento-reclamacion-por-aprobacion-de-prospeccion-minera/
  • https://1ta.cl/se-acogen-a-tramite-dos-nuevas-reclamaciones-en-contra-de-aprobacion-de-proyecto-de-prospeccion-minera-el-alto/

Hechos comprobados: El sitio institucional publicó y luego retiró una nota que anticipaba el rechazo de una cautelar sin que hubiera una resolución equivalente visible en el expediente; al día siguiente, el relator certificó la inhabilidad de los tres ministros titulares por haber manifestado opinión sobre la cuestión pendiente. El proyecto contempla 43 plataformas de sondaje y las reclamaciones contra su aprobación continúan en trámite.

Pendiente / en discusión: No existe, en las fuentes consultadas, una decisión judicial definitiva que resuelva la legalidad ambiental del proyecto. También quedan pendientes la nueva integración del tribunal y la resolución formal de las medidas cautelares y de las reclamaciones.

Interpretación de La Intemperie: La anticipación institucional de un resultado alteró la secuencia básica del debido proceso y convirtió una falla comunicacional en un problema de imparcialidad judicial.

Título original: Desastre en Tribunal Ambiental: ministros se inhabilitan tras filtrarse decisión sobre Pascua Lama 2.0
Fuente: BioBioChile – Publicado el 27-09-2026