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Imagen: El Espectador - Gustavo Torrijos

03 SEPT 2026

AGUA POTABLE - La Guajira, Colombia

El derecho al agua llegó en un camión

La Corte ordenó abastecer con agua potable a comunidades wayuu de La Guajira en 48 horas, mientras persisten incumplimientos de una sentencia constitucional vigente desde 2017.

LO QUE OCURRIÓ

La Corte Constitucional de Colombia ordenó adoptar medidas urgentes para garantizar agua potable a comunidades wayuu del corregimiento de Jojoncito, en Uribia, La Guajira, después de que una inspección judicial constatara las condiciones de la fuente de la que se abastecen.

La comisión encontró un reservorio de agua con coloración verdosa y signos compatibles con contaminación por materia fecal animal. Frente al riesgo sanitario, la Corte dispuso que la Alcaldía de Uribia y ESEPGUA suministren temporalmente agua mediante carrotanques y tanques de almacenamiento en un plazo máximo de 48 horas.

Además, el Ministerio de Vivienda deberá proporcionar filtros o sistemas de purificación adecuados y las instituciones involucradas tendrán que presentar una solución permanente de abastecimiento. La Corte también pidió examinar si situaciones similares se repiten en otras comunidades de Riohacha, Uribia, Manaure y Maicao.

La medida forma parte del seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017, mediante la cual el tribunal declaró un estado de cosas inconstitucional respecto del acceso al agua, la alimentación y la salud de niñas y niños wayuu.

Ese dato es fundamental para interpretar la noticia: no estamos ante un problema descubierto en 2026. La novedad es que, nueve años después de aquella sentencia estructural, una inspección de la propia Corte sigue encontrando comunidades sin acceso seguro al agua.

Tampoco corresponde convertir una observación visual en un análisis microbiológico definitivo. La evidencia disponible permite hablar de una fuente que la Corte consideró suficientemente riesgosa como para dictar medidas cautelares urgentes; no autoriza a atribuir enfermedades concretas sin estudios sanitarios correspondientes.

DESDE LA INTEMPERIE

Un derecho puede caber en una Constitución.

El agua necesita otra cosa.

Una bomba.

Un caño.

Un tanque.

Una persona que lo mantenga funcionando.

En La Guajira, hace nueve años que una sentencia dice que los niños wayuu tienen derecho al agua potable.

Esta semana la Corte fue a mirar.

Encontró un reservorio verdoso del que todavía bebe una comunidad.

Y tuvo que ordenar que el derecho llegue, por ahora, en un camión.

Hay algo brutal en esa distancia.

Entre reconocer un derecho y poder abrir una canilla pueden caber años de expedientes, presupuestos, contratos y promesas.

La Constitución puede declarar que el agua pertenece a todos.

La infraestructura decide quién puede beberla hoy.

Por eso un carrotanque puede ser al mismo tiempo una solución urgente y una derrota acumulada.

Lleva agua.

Y también lleva nueve años de espera.

POR QUÉ NOS IMPORTA

La afinidad con La Intemperie es directa: agua, pueblos originarios, infancia, territorio y desigualdad de infraestructura.

Pero esta Señal agrega otro elemento fundamental: la distancia entre reconocimiento jurídico y realidad material.

Colombia posee una sentencia constitucional que desde 2017 exige proteger esos derechos. Sin embargo, la Corte todavía necesita intervenir para que agua potable llegue en 48 horas a comunidades específicas.

Es una pregunta que atraviesa todo el proyecto: cuándo un derecho deja de ser una frase y se convierte en infraestructura.

FUENTES DE CONTRASTE

Título original: Corte Constitucional ordena implementar esquema de agua potable para niños wayúu
Fuente: El Espectador – Publicado el 03-09-2026