
Imagen: Diseño digital: La Intemperie
04 SEPT 2026
BIOMETRÍA - Río Negro, Argentina
Fichar sin entregar la cara
Un tribunal laboral de Río Negro declaró inconstitucional el registro obligatorio de asistencia mediante biometría facial y geolocalización sin consentimiento válido.
LO QUE OCURRIÓ
El juez de amparo Juan Ambrosio Huenumilla, de la Cámara Segunda del Trabajo de Roca, declaró inconstitucional para un grupo de trabajadores del Ministerio de Salud de Río Negro la obligatoriedad del registro de asistencia mediante biometría facial y geolocalización. La Resolución 986/2026 daba quince días para enrolarse y preveía que, desde el 5 de septiembre, ese fuera el único método válido, con posibles consecuencias disciplinarias. El magistrado sostuvo que imponer la incorporación de esos datos a una base estatal sin consentimiento vulnera la privacidad y la autodeterminación informativa. Aplicó el precedente Torres Abad de la Corte Suprema y habilitó que los amparistas sigan usando los mecanismos anteriores. El fallo puede ser apelado. La decisión contrasta con otra sentencia reciente de la misma Cámara, que había rechazado un amparo similar por falta de urgencia sin resolver la constitucionalidad del sistema.
DESDE LA INTEMPERIE
Un empleador público puede controlar la asistencia; el fallo no discute esa facultad. Discute el precio corporal que la administración pretendía cobrar para ejercerla. La cara no es una tarjeta que se reemplaza si la base se filtra, cambia de proveedor o se usa para otro fin. Es una medida del cuerpo convertida en llave laboral.
La resolución provincial había vuelto esa llave obligatoria y había colocado la negativa bajo amenaza disciplinaria. El nuevo fallo reintroduce una palabra que los sistemas de control suelen tratar como demora: consentimiento. También muestra que la infraestructura digital no llega como una máquina neutral. Llega acompañada por contratos, bases estatales, plazos, presunciones de legitimidad y decisiones sobre quién puede negarse.
Queda abierta la apelación, pero ya existe una frontera material: fichar no debería exigir renunciar al control sobre un dato que una persona no puede cambiar. La administración puede verificar el horario sin apropiarse de la identidad.
POR QUÉ NOS IMPORTA
Esta actualización no repite la Señal previa sobre el rechazo procesal de otro amparo: incorpora una decisión de fondo que reconoce el consentimiento como límite a la identificación laboral obligatoria. Vuelve visible que la discusión sobre eficiencia administrativa empieza en el cuerpo de quienes deben obedecer el sistema.
FUENTES DE CONTRASTE
- Comunicación Judicial — fallo sobre biometría y geolocalización, 4/09/2026
- Comunicación Judicial — sentencia anterior que rechazó otro amparo sin resolver el fondo
- Poder Judicial de la Nación — sentencia de la Corte Suprema en Torres Abad
Hechos comprobados: el fallo declaró la inconstitucionalidad para el caso concreto y mantuvo disponibles los métodos anteriores de registro.
Pendiente: la Provincia puede apelar ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.
Interpretación de La Intemperie: la biometría transforma una característica corporal irremplazable en infraestructura administrativa.
Título original:
Declararon inconstitucional el uso obligatorio de biometría facial y geolocalización para controlar la asistencia laboral
Fuente:
Comunicación Judicial — Poder Judicial de Río Negro
– Publicado el 04-09-2026