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Imagen: Naturaleza.AR

04 SEPT 2026

AGUA - 9 de Julio, Buenos Aires, Argentina

La canilla quedó bajo sentencia

El fallo del caso Kersich exige controlar de manera continua la potabilidad y el arsénico en la red de 9 de Julio, incluso después de construida la infraestructura de abatimiento.

LO QUE OCURRIÓ

El Juzgado de Garantías del Joven N.º 1 de Mercedes dictó una sentencia definitiva de primera instancia en la causa Kersich, iniciada en 2010 por vecinos de 9 de Julio. Condenó a Aguas Bonaerenses S.A. y a la Provincia de Buenos Aires a garantizar que el agua de red cumpla los parámetros vigentes: en particular, el arsénico no podrá superar 0,01 miligramos por litro, además de respetar límites para nitratos, flúor, sólidos disueltos y demás componentes. En el mismo fallo, el juez dio por cumplida esa obligación mediante las obras realizadas, entre ellas la planta de abatimiento inaugurada en 2016, y cargó las costas a las demandadas. La resolución llega tras dieciséis años de reclamos, controles y discusión judicial. La publicación del patrocinio actor señala desajustes puntuales recientes que deberán examinarse en la etapa de ejecución.

DESDE LA INTEMPERIE

Una planta puede estar inaugurada y un derecho seguir esperando expediente. En 9 de Julio, la infraestructura empezó a tratar el arsénico una década antes de que la sentencia fijara en forma concreta qué debía garantizar la red. El fallo hace un movimiento doble: condena y, a la vez, considera cumplida la prestación. La disputa no desaparece; cambia de lugar. Pasa de la obra prometida a la medición repetida, de la cinta inaugural a cada muestra que sale de una canilla.

La comunidad no sólo reclamó caños y filtros. Construyó un archivo de análisis, adhesiones y actuaciones capaz de convertir una contaminación cotidiana en un derecho colectivo exigible. Ahí está lo menos visible: el agua segura no existe porque una planta esté encendida, sino cuando toda la red sostiene un límite verificable y cualquier desvío obliga a corregir. La sentencia cierra una etapa, pero deja el cumplimiento dentro del laboratorio y del territorio.

POR QUÉ NOS IMPORTA

Aporta una dimensión jurídica y temporal de la infraestructura del agua: la obra material llegó diez años antes que el fallo que volvió exigible su estándar. Hace visible que el derecho no termina en construir una planta; necesita monitoreo continuo, cobertura territorial y una medida que pueda reclamarse.

FUENTES DE CONTRASTE

  • Fuente principal y texto íntegro de la sentencia: Naturaleza.ar — Naturaleza de Derechos, 2 de septiembre de 2026. https://naturaleza.ar/contenido/4747/la-justicia-consolida-el-valor-de-10-microgramos-de-arsenico-por-litro-en-el-cel
  • Contexto procesal del patrocinio actor: Naturaleza.ar — Naturaleza de Derechos, 2 de septiembre de 2026. https://naturaleza.ar/contenido/4745/la-justicia-dicta-sentencia-definitiva-en-el-caso-kersich-reconoce-la-importanci
  • Contraste local sobre el reclamo y el monitoreo comunitario: Cadena Nueve, 3 de septiembre de 2026. https://www.cadenanueve.com/2026/09/03/aca-no-se-termina-nada-julia-crespo-y-16-anos-de-una-lucha-por-el-agua-potable/
  • Antecedente institucional de la Corte Suprema: Centro de Información Judicial, 2 de diciembre de 2014. https://www.cij.gov.ar/nota-14507-La-Corte-dijo-que-el-acceso-al-agua-potable-incide-directamente-sobre-la-vida-y-la-salud-de-las-personas--por-lo-que-debe-ser-tutelado-por-los-jueces.html

Hechos comprobados: la sentencia condena a ABSA y a la Provincia a garantizar los parámetros de potabilidad, fija para el arsénico un máximo de 0,01 mg/l, considera cumplida la prestación al momento de resolver e impone las costas a las demandadas.

Pendiente de verificación posterior: las fuentes consultadas no establecen si la sentencia quedó firme ni el resultado de eventuales recursos; los desajustes puntuales informados deberán verificarse durante la ejecución.

Interpretación editorial: la distancia entre la obra, el estándar exigible y el control permanente muestra que la infraestructura también se construye con mediciones y capacidad comunitaria de reclamar.

Título original: La Justicia consolida el valor de 10 microgramos de arsénico por litro en el célebre caso Kersich.
Fuente: Naturaleza.ar — Naturaleza de Derechos – Publicado el 02-09-2026